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PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ ROMANO GUSTAVO FABIAN y otro/a S/ EJECUCION PRENDARIA

La sentencia ordena la ejecución de la deuda por $772.616,52, incluyendo el reajuste del monto adeudado y la aplicación de la tasa pasiva digital del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en respuesta a la solicitud del acreedor y conforme a la normativa vigente sobre contratos de ahorro para fines determinados.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, PLAN ROMBO S.A. de ahorro para fines determinados, demanda a Gustavo Fabian Romano y Stella Maris Romano en ejecución prendaria por el incumplimiento del pago del saldo adeudado. La sentencia reconoce la validez del mecanismo de reajuste de las cuotas en función del valor móvil del bien, conforme a las normativas administrativas y jurisprudenciales aplicables, incluyendo las resoluciones conjuntas del Ministerio de Justicia, Economía y Obras Públicas. La jueza destaca que “en los contratos de ahorro para fines determinados bajo la modalidad de ‘grupos cerrados’, el importe de las cuotas partes puede quedar sujeto al valor móvil que corresponda en la oportunidad u oportunidades previstas en los contratos”, y que “las variaciones en el importe de las cuotapartes no son consecuencia de mecanismos indexatorios prohibidos por la ley n° 23.928”. Asimismo, se establece que “el mecanismo de reajuste ha sido aceptado y reglamentado, teniendo en cuenta las modificaciones introducidas por la ley 25.561, y con miras a la viabilidad a este tipo de contratos”. La resolución ordena la ejecución del pago de $772.616,52, con la aplicación de la cláusula de reajuste y la tasa pasiva digital del Banco de la Provincia de Buenos Aires, desde la mora del deudor en 12/02/2019 hasta el efectivo pago. Las costas serán a cargo de la parte ejecutada, y se deja constancia del domicilio del ejecutado en los estrados del juzgado. El tribunal justifica la aplicación del reajuste y la tasa pasiva digital, remarcando la legalidad y la reglamentación vigente, y concluye que la ejecución debe continuar hasta el pago íntegro, con las modificaciones en los montos y la tasa de interés según corresponda.

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