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MACIEL, ANTONIO HORACIO Y OTROS C/ MONTES PEZZINI LAURA ELIZABETH Y OTROS S/ ACCION REIVINDICATORIA

La sentencia rechaza la oposición de los demandados y ordena la restitución del inmueble en favor de los herederos de Antonio Vieira Maciel, concluyendo que la adquisición del inmueble por parte de los demandados no fue acreditada y que ocupan la propiedad sin título válido.

Posesion Reivindicacion Propiedad Accion real Dominio Ocupacion sin titulo Falsificacion documental Titulo Presuncion de propiedad Restitucion inmueble

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda de reivindicación fue promovida por Antonio Horacio y María Teresa Maciel, herederos de Antonio Vieira Maciel, contra Laura Elizabeth Montes Pezzini y otros ocupantes, reclamando la devolución del inmueble ubicado en Monte Grande. La parte actora argumentó que los demandados ocupan el inmueble sin título desde 2008, tras una adquisición en 2007 por parte de Montes Pezzini, y que la documentación aportada por los demandados era falsa. La defensa negó la titularidad de los demandados y presentó prueba de la compra, incluyendo boleto de compraventa legalizado, y alegó mejoras y pago de impuestos. La prueba documental de los demandados fue rechazada por considerarse que no acreditaba la propiedad y que los documentos de adquisición eran falsos, ya que los vendedores no tenían dominio registrado. La prueba testimonial corroboró que los ocupantes ingresaron en años anteriores y sin derecho, sin demostrar posesión continua de más de 20 años. La sentencia hizo lugar a la demanda y ordenó la restitución del inmueble, considerando que los demandados no acreditaron derecho alguno ni poseían la condición de legítimos poseedores por prescripción. Fundamentos principales: “El ejercicio de la acción reivindicatoria requiere justificar, por un lado, el título que da derecho sobre la cosa, por otro, la pérdida de la posesión y posesión actual del reivindicado, y finalmente, que la cosa que se reivindica sea susceptible de ser poseída. La legitimación activa se acredita mediante la prueba del dominio, que en este caso, no fue demostrada por los demandados, quienes no presentaron un título válido ni acreditaron dominio registrado. La prueba de la compra por parte de la parte demandada fue considerada falsa por los informes del RENAPER y la falta de registros en los libros del Registro de la Propiedad, además de la ausencia de prueba de posesión de más de 20 años. La ocupación sin título ni prueba de posesión prolongada habilita la demanda reivindicatoria.”

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