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MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLAS C/ SECONE ALBA BEATRIZ S/ APREMIO

El proceso de apremio promovido por Secone Alba Beatriz contra la Municipalidad de San Nicolás fue declarado extinguído por desistimiento y cumplimiento del artículo 304 del C.P.C.C. La decisión se fundamenta en la voluntad de las partes y la normativa procesal aplicable.

Honorarios Ejecucion de sentencia Desistimiento Primera instancia Apremio Extincion de proceso Ley 14.967 Ley 6716 Articulo 304 del c.p.c.c. Procesal argentino


- Quién demanda: Secone Alba Beatriz

¿A quién se demanda?

Municipalidad de San Nicolás

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de apremio (apremio)

¿Qué se resolvió?

Se declara la extinción del proceso por desistimiento y cumplimiento del artículo 304 del C.P.C.C.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Teniendo en cuenta el desistimiento formulado y lo dispuesto por el artículo 304 del C.P.C.C., declárase extinguido el proceso previo cumplimiento de lo exigido por el art. 20 de la ley 6716." "A cuyo fin regula los honorarios a Federico Agustín Manzione por sus trabajos realizados en autos en la suma de 0,50 jus (arts. 14, 16, 21, 23, 27, 28, 34, 41 y 51 de la Ley 14.967)." La resolución se fundamenta en la voluntad de las partes y en la normativa que regula la extinción de los procesos por desistimiento, así como en la traba de honorarios conforme a la ley vigente. No se observan votos en disidencia.

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