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ARACAMA HECTOR ENRIQUE S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaración de herederos por fallecimiento de HECTOR ENRIQUE ARACAMA y reconocimiento de sus hijos y cónyuge como herederos. La sentencia declara que, tras acreditar el fallecimiento, se reconocen como herederos universales a sus hijos y a su cónyuge, sin perjuicio de derechos sobre bienes propios y gananciales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El expediente fue iniciado para la declaración de herederos de HECTOR ENRIQUE ARACAMA, fallecido el 22 de abril de 2019. La documentación presentada, incluyendo el certificado de defunción, partidas de matrimonio y de nacimiento, así como la publicación edictal, fue suficiente para acreditar el fallecimiento y la inexistencia de terceros con derechos. El tribunal, en conformidad con los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial y art. 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, declaró a sus hijos MARTÍN ENRIQUE, NICOLÁS HÉCTOR y NATALIA ARACAMA, y a su cónyuge MARTA ELISABETH FONTANELLAZ, como herederos en carácter de universales herederos, con reconocimiento de derechos sobre bienes propios y gananciales, en la proporción que la ley establece. La sentencia concluye: “que por fallecimiento de HECTOR ENRIQUE ARACAMA, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos MARTÍN ENRIQUE, NICOLÁS HÉCTOR y NATALIA ARACAMA y su cónyuge MARTA ELISABETH FONTANELLAZ a quién también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.”

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