CHAVEZ HECTOR S/ SUCESION AB-INTESTATO
El juez declaró la herencia de Hector Chavez, fallecido en 2022, en favor de sus hijos y cónyuge supérstite. La resolución confirma la validez de la declaratoria de herederos y establece los pasos para inscribirla en registros públicos, fundamentando la decisión en la documentación probatoria y los requisitos legales aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, representado por sus herederos, solicita la declaratoria de herederos tras el fallecimiento de Hector Chavez, ocurrido el 27 de abril de 2022 en Mar del Plata. La parte demandada es Hector Chavez, fallecido, y los herederos son sus hijos Rosana Patricia Chavez y Walter Alejandro Chavez, y su cónyuge supérstite, Blanca Lucila Chavez. La sentencia se funda en la documentación acreditada, incluyendo certificado de defunción, certificados de nacimiento, y un informe actuarial que verifica el cumplimiento de los requisitos procesales y sustantivos. La resolución sostiene que "con el certificado de defunción de fecha 4/06/2025 se acredita el fallecimiento de CHAVEZ HECTOR, ocurrido el 27 de Abril de 2022 en la ciudad de Mar del Plata (fs. cit.)" y que "de conformidad con lo solicitado, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal y lo dispuesto por los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 735 y 737 del Código adjetivo, RESUELVO: ... Declarar que por el fallecimiento de HECTOR CHAVEZ le suceden en carácter de universales herederos sus hijos y su cónyuge, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales." La resolución además ordena la realización de los recaudos necesarios para la inscripción de la declaratoria en registros públicos, incluyendo notificaciones, declaración jurada patrimonial, informes de dominio, pago de tasas, y regulación de honorarios.
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