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CREDIL S.R.L C/ OVIEDO SAMANTA SALOME S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia ordena la ejecución del pago de $808.500 más intereses por incumplimiento de pagaré, confirmando la validez del título y disponiendo el remate si no se paga la suma adeudada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, CREDIL S.R.L, promueve ejecución basada en un pagaré fechado el 22/04/2024, por un monto de $970.200, de los cuales la ejecutada, Samanta Oviedo, ha pagado parcialmente, quedando una deuda de $808.500. La demanda se fundamenta en la validez del pagaré y en el incumplimiento de la ejecutada, quien no opuso excepciones legítimas y guardó silencio al traslado. La actuaria informa que el título de ejecución cumple con los requisitos legales y que los intereses pactados no superan la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La sentencia ordena el cobro de la suma adeudada, con intereses desde la fecha de la mora, y dispone el remate si no se efectúa el pago en la forma prevista. La decisión se fundamenta en los arts. 7, 1821, 1830, 1831 del C.C. y C., arts. 768, 769, 770 inc. d), 771 y concs. del C.C. y C., y arts. 511 y 518 del CPCC, entre otros. Además, se declaran las costas a cargo de la ejecutada vencida y se difiere la regulación de honorarios. La ejecución continúa hasta que la ejecutada pague la suma total, y se la tiene por constituida en su domicilio legal en los estrados del juzgado.

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