ROJAS, DIEGO RICARDO c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE SEGURIDAD-POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó el pago de suplementos policiales con carácter remunerativo y bonificable, y rechazó la impugnación sobre el suplemento por Zona, fundamentando que los suplementos creados por los decretos 380/2017 y 463/2017 no son meramente accesorios, sino parte del haber mensual, y que su carácter general no ha sido acreditado, por lo que deben considerarse suplementos particulares. La Corte Suprema ha señalado que la percepción generalizada de los suplementos debe acreditarse y que la norma debe otorgar carácter general para su inclusión en el sueldo. La prueba demuestra que el suplemento por Zona no es percibido por toda la fuerza policial, sino solo por un porcentaje, por lo que no puede considerarse de carácter general. La sentencia también abordó la correcta aplicación de intereses y costas, confirmando la decisión en todos sus términos.
Recurso de apelacion
Caracter bonificable
Caracter remunerativo
Caracter general
Suplementos particulares
Suplementos policiales
Jurisprudencia csjn
Ley 21.965
Ley 23.898
Justicia federal.
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