CARRIZO, LUIS LEOPOLDO C/ LORNE STEPHENS, JUAN SEBASTIAN Y OTRO S/MATERIA A CATEGORIZAR (INFOREC 274) * TURNO
La sentencia declara procedente la acción de interdicto de retener la posesión en favor de Carrizo, ordenando cesar actos turbatorios del demandado, y confirma la medida cautelar de no innovar, en base a la protección de la posesión actual frente a actos de perturbación sin derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Carrizo Luis Leopoldo, demanda la protección de la posesión del inmueble en City Bell, alegando que posee desde hace aproximadamente 60 años y que fue perturbada por el demandado, Juan Sebastian Lorne Stephens, quien realizó actos sin orden judicial y con intenciones de expulsarlo, incluyendo la utilización de policía y acciones con documentación apócrifa. La demandada, por su parte, niega tener posesión ni derechos sobre el inmueble y afirma que cumplió una orden judicial firme de prohibición de acercamiento, además de que su interés sería bloquear el emprendimiento urbanístico "Clementina II" de la actora. La sentencia analiza la validez de los actos de perturbación, la existencia de la posesión y la legalidad de las medidas cautelares, concluyendo que la parte actora acredita la posesión y que la conducta del demandado constituye perturbación, por lo que se hace lugar al interdicto. La jueza destaca que la acción de protección de la posesión tiene como objetivo impedir perturbaciones y no discutir derechos de dominio, y que los actos probados por la actora evidencian una turbación actual, que justifica la protección legal. Además, se remarca que la resolución en la IPP de sobreseimiento por usurpación en favor de Carrizo refuerza la legitimidad de su posesión. La sentencia ordena al demandado cesar los actos turbatorios y costas a la parte vencida.
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