LOPEZ GUSTAVO ARIEL c/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral modifica la sentencia de primera instancia y reduce la condena a $150.000, además de declarar la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación de créditos laborales, sustentando la decisión en la protección del derecho constitucional a la propiedad y la realidad económica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa trata sobre una acción civil por daños y perjuicios laborales por lesiones sufridas en tareas en un frigorífico. La sentencia de primera instancia condenó a JBS Argentina S.A. y Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. a pagar $530.000 por daños físicos y morales, con intereses. La Cámara revisora consideró que la cuantía debía ser reducida a $150.000, en línea con la proporcionalidad y la realidad económica, y además declaró la inconstitucionalidad de las normas que prohibían la actualización de créditos laborales, ordenando la actualización conforme al índice de precios del IPC y una tasa del 3% anual. Los jueces analizaron exhaustivamente la responsabilidad del empleador y la ART, fundamentando la responsabilidad en la omisión en prevención y control de riesgos, y en la responsabilidad objetiva por el riesgo inherente a las tareas. La Cámara también abordó la cuestión de la indexación y las tasas de interés, estableciendo que las leyes 23.928 y 25.561, que impedían la actualización, son inconstitucionales y que debe aplicarse un método de actualización razonable, en línea con doctrina constitucional y jurisprudencia de la Corte Suprema, que reconoce la necesidad de mantener el valor del crédito ante la inflación. La decisión se fundamenta en principios constitucionales, doctrinas judiciales y en la protección del derecho de propiedad del trabajador.
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