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LOTO PEDRO EMANUEL C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

Se homologa el acuerdo transaccional en el expediente de enfermedad profesional. La decisión se fundamenta en que el acuerdo cumple con los requisitos legales y garantiza una justa composición de los derechos e intereses de las partes, con regulación de honorarios, costas y tasas de justicia.

Costas Acuerdo transaccional Tasa de justicia Enfermedad profesional Regulacion honorarios Procedimiento laboral Homologacion acuerdo Incumplimiento. Ley 14.967 Ley 8.904

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Pedro Emanuel Loto, y la demandada, Asociaciónart SA, acuerdan poner fin a la controversia por enfermedad profesional. La Cámara analiza la validez del acuerdo presentado electrónicamente el 06/08/2025, constatando que cumple con los requisitos de ley para su homologación. El Tribunal decide homologar el acuerdo, regulando honorarios profesionales, costas y tasas de justicia, y estableciendo las condiciones en caso de incumplimiento. La fundamentación principal señala que el acuerdo "concurre los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los plantearán en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones". Además, la Cámara destaca que "el acuerdo transaccional ... regula los honorarios de los profesionales intervinientes e impone las costas a la demandada" y que "no ha lugar a la eximición de tasa de justicia". La resolución incluye también la regulación de honorarios de profesionales y peritos, así como la regulación de tasas y condiciones en caso de incumplimiento.

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