RAPETTI JUAN ENRIQUE CELESTINO C/ PREVENCION ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en causa por enfermedad profesional. La decisión confirma la validez del acuerdo y dispone varias medidas relacionadas al pago de honorarios, aportes y depósito de fondos, con fundamento en la regularidad del acuerdo y la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan Enrique Celestino Rapetti, demanda a la sociedad Prevención ART S.A. en el marco de una causa por enfermedad profesional, reclamando el reconocimiento de derechos laborales y prestaciones. La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes, considerando que no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos y intereses. La decisión destaca que, conforme a la Ley 15.057 y Ley 20.744, procede la homologación, y ordena diversas medidas complementarias, incluyendo el pago de honorarios, integración del sellado por la tasa de justicia, y comunicación a las partes e instituciones involucradas. Se justificó la homologación en la validez del acuerdo y en la regulación de honorarios y aportes, con especial énfasis en la normativa vigente y la buena fe en la conciliación. No se reportan votos disidentes ni fundamentos en disidencia; la resolución refleja una decisión unánime del tribunal en favor de la homologación.
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