TANUS AGUSTIN ROBERTO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia declara procedente la demanda del Dr. Agustín Roberto Tanus contra Federación Patronal Seguros SAU, regula honorarios profesionales en favor del actor, y fija costas en el orden causado. La resolución se basa en el cumplimiento de la instancia administrativa previa, la normativa aplicable y la valoración de la labor profesional, rechazando la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Dr. Agustín Roberto Tanus promovió demanda para obtener la regulación de honorarios por su actuación en el expediente administrativo 13021/25 ante la Comisión Médica Jurisdiccional, en el marco de un reclamo por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional, vinculada con su representación del trabajador Roberto Carlos Tanús. La sentencia destaca que el actor cumplió con la instancia administrativa previa, con la asistencia de letrados y en cumplimiento de la ley 27.348 y la resolución 298/17, que establecen la intervención obligatoria de abogados patrocinantes en estos procedimientos. Asimismo, se señala que la actuación del Dr. Tanus fue adecuada y que, en consecuencia, corresponde regular sus honorarios conforme a los parámetros de la ley 14.967, considerando el monto homologado en sede administrativa ($32.462.075,87). La sentencia desestima la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, sosteniendo que esa doctrina no resulta aplicable a la presente causa, que trata la regulación de honorarios y no la actualización de créditos ya consolidados. Se fija en 76,88 jus arancelarios la suma a abonar a favor del Dr. Tanus, con adicional legal, y se imponen las costas a la parte demandada, Federación Patronal Seguros SAU, en el orden causado. La resolución también regula los montos de honorarios del letrado de la demandada y la forma de pago mediante transferencia bancaria. La decisión fue adoptada por mayoría, con la adhesión de los jueces Telechea y Mena.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: