FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AGUATOL S.A S/ APREMIO PROVINCIAL
Sentencia que ordena la ejecución y remate de bienes de Aguatol S.A para pago de deuda fiscal de $2.187.496,10 más intereses; confirma la validez de la intimación y el procedimiento de apremio ante la falta de oposición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires demanda a Aguatol S.A en un proceso de apremio por una deuda fiscal de $2.187.496,10, más intereses desde la interposición de la demanda según el artículo 104 del Código Fiscal. La sentencia dispuso la ejecución y remate de los bienes de la demandada, dado que esta no opuso excepciones legítimas en el plazo legal, y que fue debidamente intimada en su domicilio. El tribunal fundamenta que, al no haberse opuesto excepciones dentro del plazo legal, se produce la pérdida del derecho y se confirma el procedimiento de ejecución. La sentencia además establece que las costas son a cargo de la parte vencida y difiere la regulación de honorarios. Fundamentos principales: "Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.;" "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, AGUATOL S.A; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 10/100 , ($ 2.187.496,10)." "Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, corresponde tener por constituido en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma."
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