PITA MARIA MERCEDES C/ PROVINCIA ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios profesionales de la letrada, reconoce su intervención en el acuerdo homologado ante las Comisiones Médicas y condena a la aseguradora a pagarla. La resolución también establece las costas, la modalidad de regulación de honorarios y excluye intereses moratorios por la actualización mediante la medida arancelaria Jus.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La doctora Maria Mercedes Pita promovió demanda contra Provincia Art S.A. para la regulación de honorarios por su intervención en las actuaciones ante las Comisiones Médicas en un accidente laboral. La actora brindó asesoramiento y representación en un acuerdo homologado por un monto de $14.211.879,85. La Cámara verificó que la intervención fue extrajudicial y homologada y que la suma debe ser tomada como base para la regulación de honorarios. La mayoría de los jueces consideraron que, conforme a la normativa aplicable (Ley 14.967 y Ley 27.348), los honorarios deben calcularse en un porcentaje reducido del monto homologado, correspondiendo a la suma de $1.865.309,23 (equivalente a 48,59 JUS). La sentencia condena a la aseguradora a abonar dicha suma en un plazo de 10 días, con costas y sin intereses moratorios, dado que la actualización se realiza mediante la medida arancelaria. La minoría votó por un porcentaje del 15% sobre la suma cobrada, pero la mayoría aplicó el 13,125%. Además, se regulan honorarios para la profesional actora en base a la condena, considerando la complejidad y la importancia del caso. La sentencia también advierte que la abogada Benvenuto no tendrá honorarios hasta cumplir con la ley 10268, y que se practicarán las liquidaciones correspondientes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: