THOMAS WALTER C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El actor promovió acción por reconocimiento de derechos laborales para cobrar licencias anuales no usufructuadas tras su retiro. La Cámara de La Plata confirmó la sentencia que ordena pagar dichas licencias y rechazó la aplicación del Decreto 387/2023, resolviendo que el derecho a la compensación subsiste y que la normativa reglamentaria no puede limitarlo retroactivamente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Walter Walter demanda a la Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Seguridad, reclamando el pago de licencias anuales no gozadas por razones de servicio, correspondientes a los últimos 148 días según informes administrativos, tras su retiro efectivo el 8/05/2024. La sentencia analizó si la normativa vigente, incluyendo el Decreto 387/2023, limitaba el derecho a compensación. La jueza consideró que las licencias no gozadas son un derecho que no prescribe y que la ley garantiza la reparación económica en caso de imposibilidad material de usufructuarlas, por lo que rechazó la aplicación retroactiva del decreto. Se concluyó que el derecho del actor a percibir la suma por esas licencias subsiste y que la demanda debe ser admitida, condenando a la demandada a pagar dichas sumas, actualizadas y con intereses del 6% anual desde el reclamo administrativo (26/04/2023). La sentencia también impuso las costas a la parte vencida. La decisión enfatiza que la normativa reglamentaria no puede limitar derechos adquiridos y que la actualización del monto debe realizarse con base en el IPC del INDEC desde la firmeza de la sentencia.
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