COLQUE ALEJANDRA MARIANA C/ COLEGIO ALFRED NOBEL, INSTITUTO PRIVADO LUIS PIEDRABUENA S.R.L. Y SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
La demanda por daños y perjuicios por lesiones en un menor de edad en establecimiento educativo fue parcialmente aceptada, condenando al colegio y aseguradora a pagar $2.899.999, con intereses y actualización, fundamentando la responsabilidad objetiva del establecimiento y la insuficiencia del caso fortuito para eximirla.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, representada por Alejandra Mariana Colque, demanda por daños a su hijo menor, Gastón Aguirre, quien sufrió una fractura en el colegio Alfred Nobel. La defensa sostiene que el hecho fue fortuito y que el responsable es otro, alegando falta de control y eximente de responsabilidad. El tribunal reconoce que el hecho ocurrió en el establecimiento, que la responsabilidad del mismo es objetiva según el art. 1767 del CCyCN, y que la causa fortuita no fue probada. La sentencia condena al colegio y a la aseguradora a pagar $2.899.999, actualizados, por daños físicos, morales y gastos, rechazando la excepción de falta de legitimación pasiva y considerando que la responsabilidad del establecimiento no puede eximirse por un caso fortuito, dado que la caída ocurrió en circunstancias donde el control era suficiente y no se acreditó causa imprevisible. Los intereses se fijan desde el 4-11-2016 al 6% anual, y la actualización se realiza conforme las tasas de interés activas del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
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