FIGUEROA LUANA MICAELA Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La sentencia acepta el desistimiento del proceso por parte del actor, declarándolo procedente conforme a los arts. 304 y 305 del C.P.C.C., sin costas. La resolución dispone el archivo del expediente y la notificación electrónica, finalizando el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, FIGUEROA LUANA MICAELA y otro/a, solicitó el desistimiento del proceso contra los demandados JOSÉ ÁNGEL LAFUENTE y FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A., mediante escrito presentado el 15/7/2025. La jueza, en autos y vista la petición, conforme a los arts. 304 y 305 del C.P.C.C., dispuso el cese del proceso y la declaración de desistimiento, sin costas. La resolución señaló: “tiénese al peticionante por desistido del presente proceso contra...” y ordenó el archivo del expediente. La decisión se fundamenta en la voluntad del actor y en la normativa procesal aplicable, sin disidencias ni observaciones adicionales.
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