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GANGI RICARDO LUIS C/ CORREA CARLOS HUGO Y CORREA MARIA DEL CARMEN S/CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES

La Cámara confirmó el fallo que ordena entregar el inmueble en caso de incumplimiento del demandado, considerando la validez de la compraventa y la inexistencia de defectos en los instrumentos. La sentencia hace lugar a la demanda por cumplimiento contractual y condena a la entrega del bien inmueble.

Compraventa inmobiliaria Entrega de inmueble Cargas procesales Cumplimiento contractual Ley 26.994 Proceso civil. Nulidad por incapacidad Validez de instrumentos publicos Poderes especiales Irregularidades en escritura

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Ricardo Luis Gangi demanda a los Sres. Carlos Hugo Correa y María del Carmen Correa por incumplimiento de contrato de compraventa del inmueble ubicado en Calle 7 N° 2152, San Clemente del Tuyú. Reclama la entrega del inmueble, alegando que la operación se realizó mediante boleto de compraventa fechado el 26/2/2010, con pago total previo en efectivo y con la entrega de un Renault 12 como parte del pago. La sentencia de primera instancia reconoció la existencia del contrato, la validez de los poderes y la escrituración, y ordenó la entrega del inmueble bajo apercibimiento de desalojo. La demandada opuso nulidades, alegando incapacidad del vendedor, irregularidades en los instrumentos y la inexistencia del pago, pero la Cámara consideró que no se acreditaron los vicios alegados y que la operación fue válida. La sentencia también rechazó las excepciones de la demandada y confirmó la condena a la entrega del inmueble, imponiendo costas a la parte vencida. Fundamentos principales:
- La existencia de la compraventa surge del boleto, poderes y escritura pública, que fueron validados por las constancias y las declaraciones testimoniales.
- La parte demandada no logró acreditar la incapacidad del vendedor al momento del acto ni irregularidades en los instrumentos públicos.
- La alegación de que el precio fue pagado en forma distinta y que el monto sería vil no fue probada, y los documentos aportados confirman el pago total previo en efectivo y en especie.
- La falta de asentimiento conyugal no afecta la validez, pues en este caso el inmueble es propio, y la notaria afirmó que no era necesario.
- La posesión y tradición del inmueble estaban acreditadas, y la demandada no cumplió con la entrega voluntaria del bien, por lo que se ordena su entrega en el plazo legal.
- La demanda fue acogida, condenando a los demandados a entregar el inmueble en diez días, bajo apercibimiento de desalojo forzado si no lo hicieren.
- Costas a la demandada Correa Carlos Hugo por su condición de vencida y por su orden respecto de María del Carmen Correa.

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