BULLA FRANCISCO PABLO Y OTRO/A C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ EJECUCION DE SENTENCIA
La sentencia ordena la ejecución de pago a favor de los profesionales Bulla y Brunelli, estimando la inejecución total y ordenando rematar hasta el pago completo de los créditos, incluyendo intereses y costas, en virtud del allanamiento y la ley 15.057.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal, ante el traslado y el allanamiento incondicional y total de la ejecutada OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. a la ejecución promovida, decide mandar adelante la ejecución de honorarios de los profesionales Bulla y Brunelli, por un monto total de 65,01 y 6,50 JUS respectivamente, más intereses y costas. La decisión se fundamenta en la inacción de la deudora y en lo dispuesto por el artículo 60 de la ley 15.057, considerando que no es necesario oponer excepciones a la ejecutante. Los intereses se calculan desde fechas específicas (24/12/2024 y 25/02/2025) al 12% anual, conforme al art. 54 inc. a) de la ley 14.967. Además, se difiere la regulación de honorarios y se ordena que los autos vuelvan a despacho para regular los honorarios del Dr. Izzo.
Fundamentos principales:
"se estima innecesario citar a oponer excepciones a la ejecutante, en consecuencia, corresponde mandar llevar adelante la ejecución de honorarios."
"Los intereses en lo que concierne al crédito del Dr. BULLA deben calcularse desde el día 24/12/2024 y, en lo refiere al del Dr. BRUNELLI, desde el dia 25/02/2025, al 12 % anual (art. 54 inc. a) de la ley 14.967)."
"Por ello conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. el artículo 60 de la ley 15.057.-, el TRIBUNAL FALLA: la presente causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la deudora "OMINT ASEGURADORA DE RIESGO DEL TRABAJO SA.
- " haga a los acreedores íntegro pago del capital reclamados."
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