FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ POLINORI NICOLAS S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena la ejecución por la deuda tributaria de $1.303.921,80, confirmando la procedencia de la misma y disponiendo el remate hasta el pago total, con costas y regulación de honorarios pendiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se inició por la ejecución de un crédito fiscal contra NICOLAS POLINORI, demandado por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires. La parte demandada no opuso excepciones dentro del plazo legal, por lo que se le dio por perdido el derecho dejado de usar y se ordenó el remate por la deuda de $1.303.921,80, intereses desde la demanda y costas. La sentencia fundamenta que la notificación se realizó en el domicilio fiscal y que no existen excepciones legítimas, confirmando la procedencia del cobro y la ejecución. La regulación de honorarios se difiere hasta que exista liquidación firme. Además, se constituyó el domicilio en los estrados del juzgado conforme a la ley.
Fundamentos principales:
"En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 C.P.C.C.)... La deuda que resulta de los títulos ejecutivos obrantes en la causa, y lo dispuesto por los arts. 104 y 168 del Código Fiscal T. O. 2.011." La notificación en domicilio fiscal y la falta de oposición en tiempo legal justifican la continuidad de la ejecución. La ley establece que, en ausencia de excepciones, procede dar por perdido el derecho y continuar con la ejecución. La sentencia también recuerda que la regulación de honorarios se realizará posteriormente y que, por no haber cumplimiento en el plazo legal, se constituye el domicilio en los estrados del juzgado.
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