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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESPINDOLA ROBERTO MARIANO S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia ordena la ejecución del pago de una deuda, incluyendo intereses y punitorios, y deja constancia de las formalidades procesales y de la constitución del domicilio del demandado. La resolución principal es la continuación de la ejecución con los términos establecidos, sin que se haya presentado oposición por parte del demandado.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió una acción de cobro ejecutivo contra Roberto Mariano Espindola por una deuda de 427.283,05 pesos, más intereses y punitorios, en virtud de un acuerdo de refinanciación. La sentencia ordena continuar la ejecución hasta que el demandado efectúe el pago completo, incluyendo intereses punitorios capitalizables semestralmente desde la mora, en tanto se resuelven las costas del proceso. La parte demandada no opuso excepciones dentro del plazo legal, por lo que se le tiene por vencido en su derecho. El tribunal consideró que, en virtud del informe del actuario y del dictamen fiscal, la relación es de consumo, por lo que se aplican las disposiciones del art.36 de la ley 24.240. La resolución también deja constancia de la constitución del domicilio del demandado en los estrados judiciales y de la intimación de pago en la calle Asamblea 312, San Vicente. El fallo se basa en la existencia del crédito y en la inacción del demandado para su oposición, con la finalidad de hacer efectiva la ejecución. Fundamentos principales: “Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal de que disponía para hacerlo, que se encuentra vencido según informa el actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts.116, 155, 540 CPC).” “De conformidad con lo dictaminado por el Agente Fiscal, los presentes autos deben ser encuadrados como una relación de consumo, en los términos del art.36 ley 24.240.” “El fallo ordena llevar adelante la ejecución, hasta tanto la parte ejecutada, Roberto Mariano Espindola, haga al acreedor, Banco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de pesos cuatrocientos veintisiete mil doscientos ochenta y tres con 5/100 ($ 427.283,05), con más los intereses pactados en el convenio de refinanciación en que se apontaoca esta demanda, desde la mora
- 30 de octubre de 2024 -, se le adicionará a aquéllos, en concepto de punitorios, el 50% de dicha tasa; capitalizables ambos semestralmente (v. PDF del 10/12/2024; art. 767/770 CCyC; 34 inc. 5º, 163 inc. 6º, CPC; conf. SCBA, doct.

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