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LE GURIE S.A. C/ LAZARTE CLAUDIO MARCELO S/ COBRO EJECUTIVO

El juez declara la incompetencia del tribunal para entender en la ejecución de un cobro ejecutivo y dispone la remisión del expediente al juzgado competente en el Departamento Judicial de Morón. La decisión se fundamenta en la análisis de la competencia territorial y normativa aplicable.

Incompetencia judicial Cobro ejecutivo Ley 24.452 Competencia territorial Remision de expediente Juzgado civil y comercial Moron Procedimiento digital Notificacion electronica Competencia jurisdiccional

El juzgado recibe la demanda y documentación digital remitida por las partes en un proceso de cobro ejecutivo. Sin embargo, tras analizar los títulos y la normativa vigente, el juez declara la incompetencia del tribunal para entender en la causa. La fundamentación principal se basa en que "de los títulos cuya ejecución se pretende no surge de modo alguno la competencia atribuida a este Departamento Judicial", y en que además, la ley 24.452 regula la competencia en estas materias. En consecuencia, se da de baja el expediente y se remite al juzgado correspondiente en Morón. Se confiere vista digital a la Receptoría General de Expedientes para conocimiento y se ordena la remisión formal del expediente.

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