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GASPANI PABLO MARIANO C/ ORDOÑEZ MARIELA CLEOFE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Confirmada la responsabilidad de la demandada en el accidente de tránsito y la condena a pagar indemnización por daños y perjuicios. La sentencia establece la responsabilidad objetiva de la aseguradora en los límites de la póliza vigente, confirmando la cuantía de la reparación y los rubros indemnizatorios.

Responsabilidad objetiva Danos por accidente de transito Indemnizacion Dano moral Gastos medicos Responsabilidad del propietario Citacion en garantia Responsabilidad de aseguradora Coberturas poliza Intereses.

El actor, Pablo Mariano Gaspani, demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente ocurrido el 2/2/2022 en Santa Clara del Mar, en el que fue embestido por el vehículo conducido por la demandada, María Cleofe Ordóñez. Reclama una suma de $5.733.908 por lesiones, daños en la bicicleta, gastos terapéuticos, daño moral y otros. La responsabilidad atribuida a la demandada se basa en la prioridad de paso incumplida, exceso de velocidad, y conducción imprudente, además de su condición de propietaria y guardiana del vehículo. La aseguradora, Paraná S.A. Seguros, fue citada en garantía, ofreciendo la cobertura hasta el límite establecido en la póliza. La prueba pericial determina que el daño en la salud del actor y los gastos son acreditados, y que la responsabilidad del accidente recae en la demandada, sin causa ajena que la exonere. La sentencia fija la indemnización en $5.158.000, con intereses del 6% anual desde el hecho, y condena a la demandada y aseguradora a pagar en forma solidaria. La apelación presentada por la demandada fue desestimada, confirmando la decisión en todos sus términos.

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