ANTOGNOZZI DAVID ENRIQUE S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La sentencia resuelve la remisión de un expediente por competencia a otro juzgado en base a la articulación 6 inciso 5 del C.P.C.C. La decisión consiste en remitir los autos CAMPOS SUREÑOS S.A. C/ ANTOGNOZZI DAVID ENRIQUE al juzgado competente y ordenar las comunicaciones correspondientes. La resolución se fundamenta en la constatación de que en otro expediente tramita un proceso relacionado y en la normativa que regula la competencia en la materia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia, dictada por un juzgado de Bahía Blanca, ordena la remisión de los autos "CAMPOS SUREÑOS S.A. C/ ANTOGNOZZI DAVID" al Juzgado Civil y Comercial 8 departamental, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 inciso 5 del C.P.C.C. La decisión se fundamenta en que en dicho juzgado tramitan autos relacionados y que la remisión es procedente para determinar la competencia. Además, se instruye a registrar y comunicar electrónicamente la remisión. No se especifican las partes involucradas ni otros aspectos procesales en el texto, ni votos disidentes o fundamentos adicionales.
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