GALLARDO, JUAN JOSE c/ PLAN OVALO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTROS s/LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
El actor promovió demanda por readecuación de cuotas de plan de ahorro para compra de automóvil. La Cámara Federal de Córdoba revocó la declaración de caducidad de instancia.
- Actor: Juan José Gallardo
- Demandado: Plan Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Ford Argentina S.C.A., Montironi S.A., Inspección General de Justicia
- Objeto: Readecuación de cuotas de plan de ahorro para compra de automóvil a valores razonables y acorde a sus posibilidades como jubilado.
- Decisión: Se revoca la declaración de caducidad de instancia dictada por el Juzgado Federal de Río Cuarto, al considerar que el actor no incurrió en una inactividad procesal que justifique la aplicación de dicho instituto, ya que la demora en el proceso se debió a trámites pendientes relacionados con la prueba pericial ofrecida por la propia codemandada. Se imponen las costas a la codemandada perdidosa.
Fundamentos principales:
- La caducidad no procede cuando la demora en el proceso se debe a trámites pendientes impuestos al tribunal, y no a inactividad de las partes.
- En el caso, la prueba pericial ofrecida por la codemandada se encontraba pendiente de diligenciamiento, lo que justificaba la continuidad del proceso.
- No corresponde aplicar el instituto de la caducidad cuando la inactividad no es atribuible al actor.
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