AGUILAR MIGUEL EDGARDO C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara Civil y Comercial de Necochea confirmó la condena al Banco Santander Río S.A. a abonar $2.500.000 por daños y daños punitivos, en atención a su incumplimiento en la transferencia del vehículo secuestrado y su conducta desleal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Miguel Edgardo Aguilar contra Banco Santander Río S.A. por incumplimiento en la transferencia de un vehículo secuestrado y por daños y perjuicios derivados de la omisión del banco en efectuar la transferencia registral y la gestión del bien. El banco reconoció la venta del automotor a Pro Business S.A., pero argumentó que no le correspondía realizar la transferencia, aduciendo responsabilidad del adquirente. La sentencia determinó que el banco debía realizar las gestiones para inscribir a favor del comprador en subasta, responsabilizándolos por la omisión. Además, se analizaron los daños, incluyendo multas y patentes impagas, y se reconocieron daños morales y punitivos por conducta objetivamente descalificable del banco, que dilató y negó su responsabilidad. La sentencia condena a la entidad bancaria a pagar $2.500.000, con intereses desde la intimación, y rechaza la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928. La decisión se fundamenta en la protección del consumidor y en la responsabilidad objetiva del proveedor por incumplimientos graves.
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