PLAN ROMBO S A DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ CAÑETE CHRISTIAN RAMON Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA
El juez declinó su competencia en un proceso de ejecución prendaria por relación de consumo. La decisión se basa en que la competencia territorial corresponde a la Justicia de Paz Letrada del domicilio del ejecutado, en línea con la normativa y precedentes de la Suprema Corte de Justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Plan Rombo S A De Ahorro Para Fines Determinados, inició una ejecución prendaria contra Christian Ramon Cañete fundamentada en un título de crédito derivado de una relación de consumo protegida por la Ley 24.240. La Cámara, considerando que dicha ley es de orden público y que la competencia territorial corresponde a la Justicia de Paz del domicilio del ejecutado, resolvió declarar la incompetencia del juzgado inicial y remitir la causa al Juzgado de Paz de Escobar. La resolución cita antecedentes y precedentes que sustentan la competencia de la Justicia de Paz en estos casos, señalando que "la competencia territorial corresponde a la Justicia de Paz Letrada del domicilio real del ejecutado" y que "la Ley 24.240 hace ceder las disposiciones del Código Procesal en cuanto a la atribución de la competencia".
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