OREGGIONI, LORENA GUADALUPE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su pensión previsional a fin de alcanzar el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES abonar la diferencia entre la renta vitalicia y el mínimo legal.
Que se reajuste su pensión previsional a fin de alcanzar el haber mínimo garantizado por ley
- Decisión: La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES abonar la diferencia entre la renta vitalicia que percibe la actora y el haber mínimo garantizado, aplicando la movilidad prevista por ley.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La sentencia de primera instancia no es arbitraria, ya que cumple con los requisitos legales y se encuentra debidamente fundamentada.
- Conforme a la doctrina de la Corte Suprema en el fallo "Deprati", los beneficiarios de rentas vitalicias previsionales tienen derecho a la movilidad jubilatoria.
- Atendiendo al carácter alimentario del beneficio y el tiempo transcurrido desde la solicitud, corresponde confirmar el plazo de 20 días otorgado para el cumplimiento de la sentencia.
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