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CARO FABIAN REINALDO C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA

La Cámara confirmó la sentencia que ordenó al Instituto de Previsión Social dictar el acto administrativo en un plazo de 30 días por mora, por incumplimiento en la resolución del trámite de jubilación por discapacidad.

Amparo por mora Demora administrativa Jubilacion por discapacidad Derechos constitucionales Procedimiento administrativo Plazo razonable Incumplimiento Tutela efectiva Ley 7647/70 Accion de amparo.

El actor, Fabián Reinaldo Caro, demanda al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires por mora en la resolución de su expediente de jubilación por discapacidad, iniciado el 29 de julio de 2024. Alega que el trámite lleva más de diez meses sin resolución y que la administración no ha tomado ninguna medida efectiva, a pesar de los pedidos de pronto despacho, lo que viola su derecho a tutela efectiva y principios constitucionales de celeridad y debido proceso. La demandada sostiene que el expediente se encuentra en trámite y pendiente de agregación de prueba, argumentando que no ha incurrido en mora y que los plazos administrativos están siendo respetados. La Cámara, tras analizar la documentación y normativa aplicable, concluye que la demora es injustificada y excede los plazos razonables, por lo que ordena a la demandada a dictar el acto administrativo dentro de 30 días y a informar sobre los trámites pendientes en un plazo de 10 días hábiles. Además, impone costas a la parte demandada por vencida. La sentencia enfatiza que la inacción de la administración afecta derechos constitucionales y constituye incumplimiento del deber de resolver en tiempo.

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