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ABAD, VALENTIN BAUTISTA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor promovió demanda por reajustes de su haber previsional por movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de la Ley N° 27.426 para el ajuste de marzo de 2018.

Reajuste Movilidad Haber previsional Isbic Ripte Ley n? 27.426 Ley n? 27.541 Costas


- Actor: Valentín Bautista Abad
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste del haber previsional por movilidad
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N° 27.426 y su inaplicabilidad para el ajuste de marzo 2018, debiendo aplicarse la Ley N° 26.417. Confirmó el resto de la sentencia, incluyendo la aplicación del precedente "Elliff" para la actualización de las remuneraciones y la consideración de los aportes como autónomo. Fundamentos:
- Respecto a la aplicación del RIPTE vs ISBIC según "Elliff", la Cámara confirmó lo resuelto en primera instancia, dando por reproducidos los argumentos de fallos anteriores sobre la materia.
- En cuanto a la actualización de aportes como autónomo, la Cámara confirmó lo resuelto, siguiendo los lineamientos de la CSJN en "Makler" y fallos de la CFSS.
- Sobre la inconstitucionalidad de la Ley N° 27.426, la Cámara siguió sus propios precedentes "Oses" y "Secco" donde declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de dicha ley para la movilidad de marzo 2018.
- Respecto a la Ley N° 27.541, la Cámara declaró su constitucionalidad, siguiendo sus recientes fallos "Algarbe" y "Sánchez".
- En cuanto a las costas, la Cámara las impuso en el orden causado, según lo establecido en el CPCCN y la Ley N° 27.423.

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