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LLULL, EUGENIO RAMON Y OTROS c/ INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGOS DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Retirados de las Fuerzas Armadas obtuvieron que se les reconozca el suplemento por zona austral en sus haberes jubilatorios. La Cámara Federal rechazó la apelación del Instituto de Ayuda Financiera y confirmó la incorporación del beneficio.

Legitimacion pasiva Haberes jubilatorios Retiro militar Suplemento zona austral Politica demografica Ley 19.485

Incorporación en los haberes de retiro del adicional por "zona austral" establecido en la Ley 19.485 y Decreto 1472/2008

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones rechazó el recurso de apelación del IAF y confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos principales:
- La Cámara tiene precedentes que establecen que el IAF es el organismo legitimado pasivamente para este tipo de reclamos de recomposición de haberes de personal militar retirado.
- Respecto al derecho al suplemento por "zona austral", la Cámara se aparta del criterio restrictivo del fallo apelado y sigue su propio precedente "Kinan", entendiendo que el beneficio no está vinculado al derecho previsional sino a una política demográfica, por lo que corresponde su aplicación a los retirados de las Fuerzas Armadas.
- Para la liquidación del suplemento, se debe tomar la totalidad del haber jubilatorio sin incluir el rubro "zona desfavorable", ya que éste queda absorbido en el adicional por "zona austral".

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