MAMMANA, ROSA CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su pensión derivada de jubilación por invalidez. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de la Ley N° 27.426 y aplicando la Ley N° 26.417 para el ajuste de marzo de 2018.
Reajuste del haber pensionario
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N° 27.426 y su inaplicabilidad para el ajuste de marzo de 2018, debiendo aplicarse la Ley N° 26.417. Aplicó la Ley N° 27.541 para la movilidad en ese período. Confirmó lo demás decidido.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara declaró desiertos los agravios de ANSES relativos a la aplicación de los fallos "Elliff", "Badaro", el tope del art. 9 de la Ley 24.241 y la abstención de descuentos por Ganancias, por no haber sido dispuestos por el juez de grado.
- Respecto al precedente "Villanustre", señaló que su aplicación procederá si en ejecución se acredita que el haber recalculado supera el salario de un cargo activo igual, correspondiendo la carga de la prueba a ANSES.
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N° 27.426 y la aplicación de la Ley N° 26.417 para el ajuste de marzo de 2018, siguiendo precedentes previos.
- Declaró aplicable la Ley N° 27.541 para la movilidad del haber en ese período, en línea con fallos anteriores que sostuvieron su constitucionalidad.
- Impuso las costas de primera instancia en el orden causado y las de segunda instancia también por su orden.
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