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CIPPITELLI, NILDA HAYDEE Y OTRO c/ AZUL S.A. DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (LINEA 203) s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Civil confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito sufrido por pasajeras de un colectivo, al desestimar los agravios de la demandada y mantener los montos indemnizatorios por daño moral y gastos.

Accidente de transito Dano moral Gastos medicos Incapacidad Transporte publico

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Las actoras Nilda Haydee Cippitelli y Adriana Karina Bravo demandaron a Azul S.A. de Transporte Automotor por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito cuando viajaban como pasajeras en un colectivo de la línea 203.
- La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa transportista a indemnizar a Cippitelli en $1.300.000 por daño moral y $30.000 por gastos, y a Bravo en $800.000 por daño moral.
- La Cámara Civil confirmó la sentencia, al considerar probada la existencia del accidente y la calidad de pasajeras de las actoras. Respecto de la incapacidad física y psicológica reclamada, desestimó los recursos de las actoras al no acreditarse el nexo causal con el hecho.
- Sobre el daño moral, la Cámara estimó razonable el monto fijado considerando la edad de las víctimas, la gravedad de las lesiones y el tiempo de rehabilitación. Igualmente confirmó el reconocimiento de los gastos médicos y de traslado respecto de Cippitelli.
- Por último, confirmó la inoponibilidad de la franquicia del seguro a las víctimas.

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