ENRIQUEZ HUGO HERNAN C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Quilmes confirmó la sentencia que condenó al Ministerio de Seguridad provincial a abonar una indemnización por accidente de trabajo, rechazando las objeciones constitucionales y ratificando la existencia y daños derivados del siniestro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Hugo Hernán Enriquez contra el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, reclamando prestaciones por incapacidad parcial y permanente del 19% derivada de un accidente laboral ocurrido el 21/04/2014, que produjo secuelas en la rodilla derecha. La demandada reconoció que el accidente ocurrió en cumplimiento de tareas laborales y brindó prestaciones médicas, pero cuestionó la relación causal y la incapacidad. La pericia médica concluyó que la incapacidad fue del 19%, y el cálculo indemnizatorio, ajustado por la ley 26.773 y considerando actualizaciones y intereses, ascendió a $ 249.345,39 en valores históricos. La sentencia declaró la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557 y del art. 7 de la ley 23.928, en virtud de la doctrina legal vinculante, y condenó al Ministerio a pagar las prestaciones en el plazo de 60 días hábiles, con actualización y costas. La Cámara ratificó la decisión, confirmando la validez del cálculo y la fundamentación jurídica, y rechazó las objeciones constitucionales, confirmando la competencia del tribunal para entender en la causa.
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