FIGUEROA MIRIAM SILVIA C/ : PREVENCIÓN ART S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La homologación de la conciliación en un reclamo por accidente in itinere. La Cámara de Trabajo decide homologar el acuerdo alcanzado entre las partes, considerando que la suma convenida y los términos del acuerdo respetan el orden público laboral y generan efectos de cosa juzgada, en conformidad con el artículo 30 de la Ley 15.057.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Miriam Silvia Figueroa, demanda a la empresa Previsión Art S.A. en un reclamo por accidente in itinere. La Cámara de Trabajo homologa la conciliación alcanzada por ambas partes, por un monto de 1.500.000 pesos, conforme a los términos pactados en el acuerdo presentado. Se resalta que la homologación se realiza porque "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". Además, se establecen las costas, exenciones y pautas para el pago, señalando que "las costas serán conforme a lo solicitado y exímase a las partes del pago de sellados y de la tasa de Justicia, haciéndose saber que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del presente acuerdo". Se regula también el pago mediante depósito en cuentas bancarias específicas, y se ordena el cumplimiento del pago de honorarios profesionales y aportes en los plazos correspondientes. La sentencia concluye con la inscripción y notificación digital, y la aclaración acerca de la regulación de honorarios, en línea con el artículo 54 de la Ley 14.967.
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