GIOVANNONI CARLOS HUGO C/ SERVICIOS INTEGRALES SAN NICOLAS S.A. Y OTROS S/ SALARIOS POR ENFERMEDAD (ART. 208 L.C.T.)
Homologación de acuerdo transaccional en reclamo por salarios por enfermedad, con desistimiento contra Ternium Argentina S.A y regulación de honorarios y costas. La Cámara homologó el acuerdo y dejó sin efecto la audiencia prevista.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Carlos Hugo Giovannoni, demanda a Tecmaco Integral S.A., Servicios Integrales San Nicolás S.A. y Ternium Argentina S.A. por salarios por enfermedad (art. 208 L.C.T.).
- Las co-demandadas Tecmaco Integral S.A. y Servicios Integrales San Nicolás S.A. arribaron a un acuerdo conciliatorio que solicitaron homologar, considerando la razonabilidad del mismo, la conformidad de las partes, la ausencia de violación del orden público laboral y las probanzas reunidas.
- El tribunal analizó la validez del acuerdo, la ratificación del desistimiento y las implicancias del mismo, concluyendo que la conciliación presenta una justa composición de derechos e intereses.
- La homologación del acuerdo transaccional fue dictada, estableciendo el pago de $10.000.000,00 por las co-demandadas, y el desistimiento de la acción y del derecho contra Ternium Argentina S.A.
- Además, se impusieron costas a las co-demandadas, se regularon honorarios profesionales, se dejó sin efecto la audiencia de vista de causa y se intimó a los profesionales a dar cumplimiento a las disposiciones legales.
- La resolución se fundamentó en la razonabilidad del acuerdo, la conformidad de las partes, y la protección del orden público laboral, conforme a los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y normativa complementaria.
- La decisión fue votada en unanimidad por los jueces intervinientes y formalizada en la resolución.
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