ROSALES MARIA MAGDALENAC/ BOSSIO JOSE ALFREDO S/DESPIDO
La resolución declara la perimida de la instancia en un proceso laboral por inactividad procesal de la actora, tras intimación y advertencia legal, con costas a la parte actora. La decisión se fundamenta en la conducta procesal de la demandante y en la doctrina legal aplicable.
- Quién demanda: ROSALES MARIA MAGDALENA
¿A quién se demanda?
BOSSIO JOSE ALFREDO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por despido, suma de $77.989,00
¿Qué se resolvió?
Se declaró la perimida de la instancia por inactividad procesal de la actora, con costas a la parte actora. La resolución se fundamenta en la inactividad de la demandante desde el 27/11/2024, pese a haber sido debidamente intimada, y en la doctrina legal que establece la necesidad de intimación previa y apercibimiento para la extinción del proceso en el fuero laboral. La sentencia cita textualmente: "es que la actora no ha realizado actividad útil desde 27/11/2024 siendo que la providencia de fs. 54 debidamente notificada ( fs.55, arts. 41 y 42 del CPCC), lo que evidencia un total desinterés en continuar con el trámite de las actuaciones, corresponde hacer efectivo el apercibimiento... y decretar perimida la instancia". Los jueces Saccardo y Larequi coinciden en el mismo sentido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La inactividad de la parte actora, la intimación previa y el apercibimiento, la doctrina del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, y la normativa aplicable (arts. 11, 12, 24 y 27 Ley 15.057; arts. 310 y conc. del CPCC). La resolución también regula los honorarios profesionales de la Dra. Sosa Debora Natalia en la suma de $84.438, más aportes del 10%.
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