ROMERO CARLOS DANIEL C/ FRANK JUAN CARLOS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La sentencia condenó a Juan Carlos Frank a abonar $163.000 por daños materiales en el vehículo del actor. La Cámara confirmó la decisión en cuanto a la responsabilidad y monto, ajustando la actualización monetaria y los intereses según los antecedentes jurisprudenciales y la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928.
Quién demanda: Carlos Daniel Romero.
¿A quién se demanda?
Juan Carlos Frank.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios, reparación del vehículo, privación de uso y pérdida de valor venal.
¿Qué se resolvió?
se condenó al demandado a pagar $163.000, con intereses y actualización, y se rechazaron los rubros de privación de uso y pérdida de valor por falta de prueba específica. La responsabilidad del demandado fue atribuida por la responsabilidad objetiva del vehículo en movimiento, conforme a los arts. 1757, 1758, 1769 y concs. del Código Civil y Comercial. Se aplicó la doctrina de la responsabilidad por riesgo, considerando la prueba pericial que afirmó impacto fronto-trasero. La condena se extendió a la aseguradora, El Progreso Seguros s.a., en virtud de la cobertura y la responsabilidad contractual. La actualización monetaria se realizó considerando la inflación y la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, aplicando IPC más un interés del 6% anual. La sentencia impuso costas a la parte vencida. Fundamentos principales de la decisión: "El hecho de la colisión de vehículos en movimiento en el que media responsabilidad objetiva por el uso de la cosa riesgosa, como lo es un automóvil en movimiento, justifica la responsabilidad del demandado. La pericia acompañada en autos constató impacto fronto-trasero, sin que el demandado haya acreditado eximente de responsabilidad, por lo que resulta responsable por las consecuencias dañosas." "Respecto a la reparación del daño, la valoración del presupuesto de reparación en $163.000 se realizó con base en la pericia mecánica, que fue ratificada en prueba y no fue contradicha con prueba complementaria suficiente." "La desvalorización del vehículo no fue acreditada con informe pericial específico, por lo que se rechazó el rubro." "Para la privación de uso, la falta de documentación y prueba respaldatoria condujo a su rechazo." "Se reconoció la responsabilidad de la aseguradora, El Progreso Seguros s.a., en virtud de la cobertura del seguro vigente, y se aplicó la doctrina de la responsabilidad contractual y la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, por lo que se actualizó el monto indemnizatorio con IPC más un interés del 6% anual hasta el pago efectivo."
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