ORUE, ROBERTO JAVIER c/ OBRA SOCIAL TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, PIZZEROS, HELADEROS, ALFAJOREROS DE LA REP. ARG. s/AMPARO LEY 16.986
El actor, una persona con discapacidad, promovió un amparo para obtener la cobertura de su afiliación a la obra social, transporte y tratamientos. La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social cubrir el transporte con un adicional por dependencia.
¿Quién es el actor?
Roberto Javier Orue
¿A quién se demanda?
Obra Social Trabajadores Pasteleros, Confiteros, Pizzeros, Heladeros, Alfajoreros de la República Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de afiliación, transporte, rehabilitación y tratamientos por discapacidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la orden de mantener la afiliación, pero modificó la sentencia de primera instancia para adicionar un 35% de cobertura por dependencia al transporte ordenado.
Fundamentos principales:
- El derecho a la salud está íntimamente relacionado con el derecho a la vida, reconocido por la Constitución y tratados internacionales.
- La ley 23.660 de obras sociales y la ley 24.901 de prestaciones básicas para personas con discapacidad imponen la obligación de brindar cobertura integral.
- La resolución 428/99 define la cobertura de transporte, que debe contemplar la dependencia del paciente.
- La Corte Suprema resalta la especial atención que merecen los discapacitados por parte de jueces y la sociedad.
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