Logo

TENAGLIA, LEONARDO HERNAN c/ OSMECON s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió demanda de amparo para que se ordene a la obra social brindar la cobertura de internación de su padre. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó a la obra social otorgar la cobertura integral de la internación, con el límite del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.

Obra social Discapacidad Amparo Dependencia Residencia geriatrica Cobertura integral Nomenclador de prestaciones basicas


¿Quién es el actor?

L H T, en representación de su padre L A T

¿A quién se demanda?

OSMECON SALUD (Círculo Médico de Lomas de Zamora)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se ordene a la obra social brindar la cobertura integral de la internación de L A T en la Residencia La Toscana, en virtud de su diagnóstico de demencia vascular, enfermedad vascular periférica, incontinencia fecal, dependencia de silla de ruedas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social otorgar la cobertura integral (100%) de la internación de L A T, con el límite del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad "Hogar Permanente Categoría A" más el 35% en concepto de dependencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La ley 24.901 establece la obligatoriedad de las obras sociales de brindar la cobertura integral de las prestaciones básicas para personas con discapacidad. La Residencia La Toscana se encuentra habilitada por la autoridad provincial y no es necesario que esté inscripta en el Registro de Prestadores Nacionales. Corresponde aplicar el Nomenclador de Prestaciones Básicas como límite de cobertura cuando el afiliado opta por una institución que no pertenece a la cartilla de la obra social.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar