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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ERNALS MATIAS MISAEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

La sentencia de aclaratoria modifica la condena en la causa por cobro sumario de suma de dinero, reconociendo la equivalencia en Uvas en lugar de pesos y ajustando los intereses. La Cámara hizo lugar a la petición y ordenó el pago en esas condiciones.

Recurso de aclaratoria Ajuste por inflacion Cobro sumario Contrato uva

Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Ernals Matías Misael Objeto: Pago de la suma de dinero equivalente a 5.963,41 Uvas, ajustada a su valor en pesos en el momento del pago, con intereses compensatorios, moratorios y punitorios desde la mora. Decisión: La Cámara hizo lugar a la solicitud de aclaración y modificó la sentencia original en el sentido de reconocer que la suma debida corresponde a 5.963,41 Uvas, con la condición de que el valor en pesos se determine al momento del pago, y estableció los intereses en los términos indicados por la ley y la normativa del Banco Central.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la sentencia de condena se dictó conforme los términos de la demanda incoada, en su momento convertido el valor de referencia a pesos. Ahora bien, asiste razón a la parte en que la suma debida asciende a la cantidad de 5.963,41 Uvas, y que su valor actual no es el mismo que el equivalente otrora denunciado. Por lo que conforme lo normado por los arts. 36 inc. 3º y 166 del CPCC, corresponde hacer lugar a la aclaración pedida." "Se resuelve: 1) Aclarar la sentencia en el sentido indicado anteriormente, condenando al Sr. Ernals Matías Misael por la operación de Contrato Préstamo bancario
- tu auto UVA a la cantidad de 5.963,41 Uvas (cantidad que se determinará en pesos al momento del efectivo pago) con más los intereses compensatorios desde el 30/4/20 hasta el 31/3/21 y desde el 30/4/21 intereses moratorios y punitorios pactados hasta su efectivo pago, los que no podrán exceder en su conjunto los correspondientes a la tasa que cobre el Banco de la Prov. Bs As en sus operaciones comunes de descuento a 30 días incrementadas en un 50%." "Lo que así se decide." Se observa que la decisión fundamenta en la normativa procesal y en el reconocimiento del valor actual de la unidad de medida (Uva), ajustando la condena en consecuencia.

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