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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SANTA TORO, HARBI s/HOMICIDIO AGRAVADO CONFORME LEY 26.791 DAMNIFICADO: GODOY, FATIMA NATALIA

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional modificó la pena impuesta al acusado Harbi Santa Toro por el homicidio de Fátima Natalia Godoy, disminuyendo la condena de 22 a 20 años de prisión.

Homicidio Violencia de genero Agravante Imputabilidad Determinacion de la pena Alcohol


- Actor: Ministerio Público Fiscal
- Demandado: Harbi Santa Toro
- Se reclama: Que se subsuma el hecho en la figura de homicidio agravado por violencia de género (art. 80 inc. 11 CP) y se imponga la pena de prisión perpetua.
- Se resolvió: Rechazar el recurso del Ministerio Público Fiscal y confirmar la calificación de homicidio simple, pero modificar la pena impuesta, disminuyéndola de 22 a 20 años de prisión. Fundamentos principales:
- El tribunal de juicio no desconoció el marco normativo de perspectiva de género, sino que concluyó que no se encontraban acreditados los extremos objetivos y subjetivos de la agravante del art. 80 inc. 11 CP.
- No se pudo acreditar una relación previa de sometimiento, control, dominación o violencia entre el imputado y la víctima, ni que el ataque haya sido motivado por el género de la víctima.
- Si bien el hecho revistió violencia, el estado de intoxicación significativo del imputado al momento del hecho es un factor relevante para apreciar su motivación.
- La pena de 22 años impuesta resulta apropiada, pero se reduce a 20 años teniendo en cuenta la intoxicación del imputado, que disminuyó su capacidad de culpabilidad.

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