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AMAYA DOMINGA EUDOCIA c/ ANSES s/PENSIONES

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó a ANSES otorgar pensión a la cónyuge supérstite, al considerar que correspondía asimilar la situación previsional del causante a la de un aportante irregular con derecho.

Pension Conyuge superstite Seguridad social Aportante irregular Revocacion de acto administrativo


- Actor: Dominga Eudocia Amaya
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reclamo de pensión
- Decisión: La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSES otorgar el beneficio de pensión a la actora. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La jueza de primera instancia realizó una interpretación amplia de la normativa aplicable para poder otorgar el beneficio, al asimilar la situación previsional del causante a la de un aportante irregular con derecho.
- La Cámara consideró que los agravios de ANSES constituyen una mera reiteración de los ya expuestos en primera instancia, sin una crítica concreta y razonada de los errores del juzgador.
- Resulta consolidada la jurisprudencia del fuero que considera inaplicable lo dispuesto por el art. 22 de la ley 24.463 tratándose de la revocación de un acto administrativo en el que está en juego la concesión de una prestación previsional de naturaleza alimentaria.

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