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COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA c/ MORTADA, JOSE ENRIQUE s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Comisión Nacional de Energía Atómica demandó a un ex agente por daños y perjuicios, y la Cámara confirmó la sentencia que condenó al demandado al pago de una indemnización.

Recurso de apelacion Perjuicio fiscal Agente publico Responsabilidad patrimonial Acto administrativo firme


¿Quién es el actor?

Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA)

¿A quién se demanda?

José Enrique Mortadá

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados del irregular cumplimiento de funciones por parte del ex agente de la CNEA

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el demandado, confirmando la sentencia de primera instancia que lo condenó al pago de $140.997,26. La jueza de primera instancia había rechazado la excepción de prescripción y considerado que la responsabilidad patrimonial del agente era de derecho público, independiente de la penal. Resaltó que la resolución administrativa que determinó el perjuicio y responsabilizó al demandado se encontraba firme y consentida, por lo que era irrevisable. El tribunal consideró que el escrito del apelante no satisfizo las exigencias mínimas, pues no logró controvertir el fundamento central de la sentencia: la firmeza de la resolución administrativa que atribuyó responsabilidad patrimonial al demandado. Afirmó que la mera invocación de arbitrariedad o injusticia, sin argumentación jurídica, no basta para desvirtuar los fundamentos del fallo recurrido.

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