ABREGU PATRICIA ANALIA c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR LANUS ESTE S.A. LINEA 354 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó una sentencia que rechazó parcialmente la demanda por daños derivados de un accidente de tránsito y realizó una nueva distribución de responsabilidades entre la empresa de transporte y el tercero involucrado.
- Actor: Patricia Analía Abregu, Carina Etelvina López y Dante Javier Portillo
- Demandado: Transporte Automotor Lanús Este S.A. Línea 354, Hernán Alfredo Passeri
- Objeto: Reclamo de indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que tanto la empresa de transporte como el tercero involucrado son responsables de manera solidaria. Redujo el monto de indemnización por incapacidad de Abregu y el rubro de gastos médicos de Portillo. Confirmó los demás rubros.
- Fundamentos:
- La responsabilidad de la empresa de transporte es objetiva por la obligación de seguridad.
- El tercero involucrado (Passeri) perdió la prioridad de paso al ingresar a la intersección.
- No se pudo acreditar fehacientemente la mecánica del accidente, por lo que se atribuye responsabilidad concurrente.
- Aplicación de fórmulas para cuantificar el daño por incapacidad, considerando circunstancias particulares de cada víctima.
- Inoponibilidad del límite de cobertura de la aseguradora ante la demora injustificada.
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