FLORA DANICA SAIC (TF 34638-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La empresa Flora Danica SAIC promovió un recurso directo contra la Dirección General de Aduanas. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación de revocar la multa impuesta a la empresa y rectificar la declaración aduanera.
- Actor: Flora Danica SAIC
- Demandado: Dirección General de Aduanas (DGA)
- Objeto: Recurso directo contra resolución que impuso multa y exigió pago de tributos
- Decisión: La Cámara desestimó los agravios de la DGA y confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación de revocar la multa e instruir la rectificación de la declaración aduanera.
Fundamentos principales:
- El Tribunal Fiscal consideró que se configuraba el supuesto del art. 225 inc. 2.a) del Código Aduanero, ya que la inexactitud en la declaración (consignar "euro" en vez de "dólar") no fue advertida por la aduana al momento del control documental y fue informada por el despachante antes del libramiento de la mercadería.
- El art. 958 del Código Aduanero dispone que en caso de rectificación de declaración debidamente justificada, las diferencias no serán tomadas en cuenta a efectos punibles.
- No se advirtió perjuicio fiscal, ya que los tributos se abonaron sobre una base imponible mayor a la correcta.
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