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CRESPO, FERNANDA (TF 4721750-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La actora promovió un amparo por mora para que se fije un plazo a la AFIP-DGI para completar las diligencias de devolución de percepciones. La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso, considerando que la vía del amparo por mora es inadecuada para ordenar un pago.

Amparo por mora Devolucion de percepciones Impuesto pais Inadecuacion de la via Aprobacion de devoluciones Costas.


- Actor: Fernanda Crespo
- Demandado: Dirección General Impositiva (ex AFIP-DGI)
- Objeto: Amparo por mora para que se fije un plazo a la AFIP-DGI para completar las diligencias de devolución de percepciones por el Impuesto PAIS correspondientes al año 2023.
- Decisión: La Cámara rechazó el recurso, considerando que la vía del amparo por mora es inadecuada para ordenar un pago, ya que esta acción sólo procede ante la morosidad en emitir un dictamen o resolución, pero no para urgir un pago. Respecto al período 1/2023, se dejó sin efecto lo resuelto por estar ya abonado.
- Fundamentos principales:
- El amparo por mora solo procede ante demora en emitir un dictamen o resolución, pero no para ordenar un pago, que excede el marco cognoscitivo de esta acción.
- La doctrina de la CSJN en "Comatter SA" establece que la pretensión de obtener que se ordene el pago excede el propósito de que se realice un mero trámite.
- El Tribunal Fiscal había rechazado correctamente el amparo, ya que las devoluciones estaban aprobadas por el Fisco.
- Las costas se imponen al perdidoso, pues la mera creencia subjetiva de tener razón no exime del pago.

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