CHAPO GLADYS NOEMI DEL VALLE C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara homologó un acuerdo conciliatorio en una causa por revisión de la Comisión Médica Jurisdiccional, estableciendo condiciones de pago y costas, y ordenó su fuerza de cosa juzgada. La sentencia ratificó la validez del acuerdo y dispuso las regulaciones de honorarios y pagos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Gladys Noemi del Valle Chapo, demandó a la Provincia Art S.A. en una acción de revisión ante el Tribunal del Trabajo N° 3 de General San Martín. Las partes lograron un acuerdo conciliatorio que fue homologado judicialmente, en virtud del cual la demandada abonará la suma de $7.000.000 en un pago único en 30 días, tras la homologación. La demandada aceptó pagar en las condiciones señaladas, sin reconocimiento de hechos ni derechos, condicionando el pago a la acreditación del CBU y demás datos para la transferencia. La mora en el pago será automática y producirá la caducidad de los plazos en caso de incumplimiento, además de actualizarse conforme a la tasa RIPTE. La demandada soportará los honorarios profesionales en un 20% del capital conciliado, con la regulación de los mismos en función de los valores arancelarios y las condiciones tributarias. Se ordenó el depósito del capital en la cuenta de la actora, realizando una regulación de honorarios y costas, y se rechazó la eximición del pago de la tasa y contribución de justicia. La homologación del acuerdo se realizó con fuerza de cosa juzgada, ordenando el cumplimiento en los términos establecidos y la notificación automática a las partes. La resolución se fundamenta en la existencia de un acuerdo justo, sin obstáculos legales, y en la conformidad de las partes con las condiciones acordadas, en cumplimiento del art. 15 y siguientes de la Ley 15.057 y del Código Procesal Civil y Comercial.
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