GOLTZ SERGIO NESTOR C/ PREVENCION ART S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de San Nicolás declaró la inconstitucionalidad del plazo de caducidad de 90 días establecido por la ley 15.057, y en consecuencia, ordenó la reapertura del reclamo. La mayoría consideró que dicho plazo vulneraba derechos constitucionales y competencias provinciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Sergio Nestor Goltz, demanda a Prevención Art S.A. por la revisión de resoluciones de la Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la Ley 15.057. La Cámara resolvió que el plazo de caducidad de 90 días hábiles establecido en dicha ley resulta inconstitucional, ya que vulnera el principio de supremacía constitucional (art. 31 de la CN) y los derechos laborales constitucionalizados. La jueza Pérez Herrera expresó disidencia, argumentando que dicho plazo limita derechos y viola principios constitucionales, además de invocar informes del Procurador General que apoyan la inconstitucionalidad. La mayoría declaró la caducidad del reclamo, ordenando su archivo, y declaró abstractos los demás planteos de inconstitucionalidad. La decisión se fundamentó en que la norma provincial excede las facultades legislativas provinciales, vulnerando la Constitución Nacional, y que el plazo establecido viola derechos constitucionales laborales y principios protectores del trabajador. La resolución se basa en que la ley provincial viola el artículo 31 de la CN y los arts. 16, 75 inc. 22 y 121, interpretando que la ley provincial no puede limitar derechos constitucionales mediante plazos que vulneren el orden constitucional superior. La mayoría consideró que la declaración de inconstitucionalidad del plazo de caducidad es la única vía para garantizar los derechos constitucionales de los trabajadores y evitar una denegación de justicia.
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