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EDESUR SA C/ CHAMORRO SERGIO GERARDO S/ COBRO EJECUTIVO

El juez federal se declaró incompetente para tramitar la ejecución por aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y remite la causa al Juzgado de Paz de San Vicente. La decisión se basa en el domicilio del ejecutado y en precedentes que priorizan la protección del consumidor frente a la competencia territorial tradicional.

Relacion de consumo Competencia territorial Ley de defensa del consumidor Provincia de buenos aires Proteccion del consumidor Incompetencia Ejecucion de deuda Domicilio del ejecutado Jurisprudencia de la suprema corte Remision al juzgado de paz

¿Qué se resolvió en el fallo?

La accionante, EDESUR SA, inició un proceso ejecutivo contra Sergio Gerardo Chamorro por deuda derivada de la prestación de servicios, fundamentándose en un certificado de deuda y en la condición del demandado como consumidor, por lo que se aplicó la Ley de Defensa del Consumidor (arts. 1092, 1094 y 1095 del Código Civil y Comercial, arts. 2 y 53 de la ley 24.240). La parte demandada denunció domicilio en San Vicente, Provincia de Buenos Aires, correspondiendo la competencia a ese juzgado, dado que la relación de consumo favorece la protección del consumidor y prevalece sobre la competencia territorial convencional. La Fiscalía y la doctrina legal de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires apoyaron la declinatoria, considerando que la relación de consumo y el domicilio del ejecutado justifican la remisión a la Justicia de Paz. El juez, en consecuencia, declaró su incompetencia y ordenó remitir el expediente al Juzgado de Paz de San Vicente, sin costas por no haberse sustanciado audiencia.

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